María José Aguilar Idáñez, Universidad de Castilla-La Mancha y Daniel Buraschi, Universidad de La Laguna
Durante los últimos meses, en España es cada vez más frecuente leer entrevistas y declaraciones en medios de comunicación y redes sociales en las que se denuncia o señala el racismo institucional, el racismo estructural o el racismo sistémico, sin aclarar exactamente a qué se refieren. Al no explicar ni distinguir estas adjetivaciones del racismo, puede dar la sensación de que se trata de términos sinónimos o intercambiables, cuando no siempre es así.
En las ciencias sociales el racismo ha sido ampliamente estudiado, discutido y reformulado en un proceso continuo de comprensión científica de su genealogía, su naturaleza, su alcance y sus cada vez más variadas formas de expresión en diversos contextos sociales. Una amplia revisión interdisciplinar sobre el racismo se publicó recientemente en nuestro libro Racismo y antirracismo. Comprender para transformar.
El carácter complejo y multidimensional del racismo, su lógica común pero expresada bajo nuevas y variadas formas, sin duda dificultan su análisis. Pero ante sus graves consecuencias para tantas personas y grupos sociales, no podemos permanecer instalados en la comodidad de explicaciones simplistas, obsoletas, fuera de contexto, o importadas acríticamente de otras realidades que no son idénticas a la nuestra, aunque a veces se parezcan.
El racismo es sistémico (por definición)
Definir analíticamente el racismo, que es un hecho social total, exige alejarnos tanto de las definiciones demasiado restringidas (que dejan fuera muchas experiencias racistas vividas) como de las definiciones demasiado amplias (que terminan llamando racismo a cualquier forma de exclusión o explotación, diluyendo así el concepto y banalizándolo de algún modo, al dejarlo sin potencia analítica).
Considerando los resultados de nuestras investigaciones de la última década, hemos definido operativamente el racismo como:
“Un sistema de dominación y de inferiorización de un grupo sobre otro basado en la racialización de las diferencias, en el que se articulan las dimensiones interpersonal, institucional y cultural. Se expresa a través de un conjunto de ideas, discursos y prácticas de invisibilización, estigmatización, discriminación, exclusión, explotación, agresión y despojo” (2016).
El racismo no es una anomalía del sistema dominante, sino un principio estructurador y organizador del mismo. No se trata de una serie de sucesos puntuales más o menos violentos, sino de una manifestación concreta del poder y de la opresión de un grupo social privilegiado sobre otros, que ancla sus raíces en el colonialismo y persiste hasta nuestros días.
El racismo tiene, por tanto, un carácter sistémico, y, aunque no es el único sistema de dominación existente, sí es el único que está basado en un mecanismo particular de inferiorización del otro a través de una diferenciación radical, reduccionista y determinista: la racialización.
“La racialización es el proceso a través del cual las diferencias fenotípicas, sociales, culturales, religiosas, etc. se piensan como si fueran naturales, esenciales, como si fueran marcadores de una supuesta raza. Implica una diferenciación esencial y radical entre grupos humanos, el reduccionismo de la complejidad de las personas a pocas características vinculadas con un grupo (identidad cultural, fenotipo, pertenencia étnica, religión, idioma, etc.) y una relación determinista entre esas características y la forma de ser de una persona” (2017).
La lógica común del racismo es lo que nos permite identificarlo y reconocerlo más allá de la diversidad de sus formas de expresión en contextos y en momentos históricos diferentes: la diferenciación radical entre grupos, el esencialismo y la estigmatización son los tres procesos simultáneos que articulan y siempre están presentes en todas las formas de racismo, viejas y nuevas.
El racismo es siempre sistémico, porque no existe idea, discurso, acto o conducta racista que no se enmarque en esa lógica común y que no se explique como parte de ese sistema de dominación e inferiorización, basado en la racialización de las diferencias y en una estructura de privilegio de las personas no racializadas.
En el lenguaje coloquial o en el campo del activismo político, muchas veces se utiliza la expresión ‘racismo sistémico’ para enfatizar, precisamente, su carácter estructural y opresivo. Como veremos más adelante, el racismo sistémico es una expresión que se utiliza con un significado prácticamente idéntico, en contextos geográficos y políticos muy diversos, del norte y del sur, del centro y la periferia.
El racismo institucional
Con el concepto de racismo institucional, sin embargo, no ocurre lo mismo que con el racismo sistémico; ya que según el momento histórico y el espacio geográfico en que nos fijemos, su definición y uso difiere según sea el contexto.
En el contexto norteamericano de las luchas por los derechos de los afroamericanos en Estados Unidos de los años sesenta, Carmichael y Hamilton (en su libro, ya clásico, Black Power. The Politics of Liberation in America, de 1967) utilizaron la expresión racismo institucional para referirse a los ordenamientos legales y pautas de conducta establecidos con los que las personas blancas oprimían a las negras.
Ambos autores pusieron el acento en el carácter sistemático, estructural e implícito del racismo, como fenómeno radicado en el funcionamiento de la sociedad, e independiente de las intenciones y conciencia de los actores.
Aunque sin el reconocimiento posterior que hubieran merecido, lo más útil de su propuesta es que desplazaron el foco de las causas del racismo: pasando de explicarlo como una cuestión de conciencia y conducta personal a una cuestión de funcionamiento social, estructural y sistémico.
En los noventa, la idea de racismo institucional vuelve a difundirse ampliamente en el mundo anglosajón, especialmente con motivo del Informe Macpherson (1999) realizado en Gran Bretaña, cuyos resultados mostraron cómo la articulación de un conjunto de factores materiales, discursivos y conductuales crean un sistema que impide a determinados grupos y personas tener las mismas oportunidades.
En la misma década, se amplían los estudios sobre racismo institucional en Estados Unidos, extendiéndose una interpretación claramente estructural del racismo (Bonilla-Silva, 1997).
En el contexto científico y político anglosajón se habla de racismo estructural para referirse a todos los elementos y componentes estructurales del sistema social que impiden a determinados grupos tener las mismas oportunidades. Por ello, en el contexto anglosajón en general, y en el norteamericano en particular, la expresión racismo estructural se emplea, a menudo, como sinónimo de racismo institucional.
Pero en el contexto europeo en general, y mediterráneo en particular, ambas expresiones no tienen siempre un uso equivalente, ya que el racismo institucional no abarca todas las formas posibles de racismo estructural.
Además de los dispositivos institucionales en sentido estricto, existen otros importantes dispositivos estructurales del racismo relacionados con el horizonte cultural y sus muy diversos agentes de socialización: desde la familia o la escuela, la publicidad o los medios de comunicación, la cultura en todas sus expresiones (desde el cine o la literatura hasta los chistes, por ejemplo), el sistema económico, etc.
En definitiva, todo lo que conforma la ideología y el horizonte de valores en que todos hemos sido socializados y las estructuras sociales en cuyo marco nos relacionamos.
En el contexto latinoamericano, el racismo institucional a menudo se asimila al racismo de Estado, en tanto que sistema global de dominación y poder (en el sentido que Foucault analizó en su Genealogía del racismo).
No hay que olvidar que las Conferencias Panamericanas contribuyeron ampliamente a difundir la eugenesia en la primera mitad del siglo XX y que ésta se aplicó de diversas formas en los diferentes Estados latinoamericanos como una tecnología de poder (Stepan).
En las últimas décadas, en América Latina se ha desarrollado un enfoque decolonial (con importante influencia en el antirracismo político español) que interpreta el racismo como una matriz de opresión basada en la colonialidad que está profundamente imbricada en las instituciones, en las estructuras de poder, en las relaciones sociales y en el conocimiento.
En el marco decolonial con frecuencia se utilizan los adjetivos estructural, sistémico e institucional como sinónimos. En este enfoque se considera el racismo siempre institucional, en tanto sistema de dominación inscrito en el mismo “proyecto civilizatorio de Occidente”.
En España, nuestro grupo de investigación lleva estudiando intensamente el racismo institucional los últimos 15 años. Fuimos pioneros al registrar con métodos audiovisuales en tiempo real uno de los episodios de racismo institucional en nuestro país, acaecido durante un proceso de investigación-acción-participativa en 2006.
Desde entonces, nuestra producción científica ha sido ampliamente difundida y utilizada en muy diversos contextos y, de esos procesos reflexivos de investigación-acción, los autores sistematizamos y formulamos entre 2010 y 2012 nuestra primera definición de racismo institucional desde y para el contexto español.
Definición que fue incorporada íntegramente en varias voces sobre discriminación del Diccionario internacional del derecho del trabajo y de la seguridad social(2014), parcialmente en el Diccionario de extranjería y migración (2014), y que también ha hecho suya la entidad española SOS Racismo, reproduciéndola íntegramente en sus informes desde 2017.
Utilizamos el término institucional en sentido restringido, abarcando cualquier práctica, discurso o idea relativa a un organismo o entidad que desempeña una función de interés público. Independientemente de que su titularidad o gestión sea pública, privada o mixta.
Definimos el racismo institucional como “el conjunto de políticas, prácticas y procedimientos que perjudican a grupos racializados impidiendo que puedan alcanzar una posición de igualdad”.
Esta dimensión institucional del racismo se expresa de dos formas: sin actores (mediante normas, leyes, reglamentos, políticas públicas, mecanismos de asignación y acceso a recursos, etc.), y con actores (prácticas de representantes institucionales, discursos políticos, prácticas de empleados públicos encargados de aplicar las leyes e implementar políticas, etc.).
Los ámbitos del racismo institucional
El racismo institucional se puede observar en diferentes ámbitos, entre los que destacan, por su importancia, los siguientes:
Los discursos públicos de representantes institucionales que legitiman el rechazo a las personas migrantes y/o racializadas.
El conjunto de leyes, normas, medidas, regulaciones y procedimientos burocráticos que producen desigualdad y limitan los derechos sociales, políticos, económicos y culturales de las personas migrantes.
Las políticas públicas que tienen efectos discriminatorios, directos o indirectos, en diferentes ámbitos. Se incluyen aquí tanto las políticas migratorias de Estado como las políticas sociales de educación, salud, empleo, servicios sociales, vivienda, etc.
Acciones (e inacciones), con efectos discriminatorios, ejercidas por personas que representan y trabajan en las instituciones. Se incluyen aquí: las conductas discriminatorias de los funcionarios y empleados públicos que representan la Ley y el Estado (policía, funcionarios de extranjería, militares, etc.); del personal de entidades civiles (ONG, fundaciones, etc.) que prestan servicios públicos (centros de menores, centros de acogida para personas migrantes, etc.); y las del personal que toma decisiones o gestiona entidades de interés público.
Programas de integración social que, explícita o implícitamente, reproducen modelos paternalistas, asimilacionistas o etnocéntricos. Ya sea por su diseño o enfoque; o por la forma de implementarse a través de las prácticas de sus profesionales (que trabajan en salud, educación, servicios sociales, empleo, etc.).
La importancia de definir de este modo el racismo institucional estriba en que incluye tanto sus elementos estrictamente sistémicos o estructurales, como sus elementos conductuales vinculados a las acciones de muy diversas personas en el ejercicio de sus funciones.
El racismo institucional ha sido reconocido jurídicamente en 2019, en una sentencia histórica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). En dicha sentencia se reconoce, por primera vez, la existencia de discriminación, tratos inhumanos y degradantes, debido al racismo institucional del Estado, ejercido en este caso por sus cuerpos de seguridad.
En los últimos años en España el antirracismo institucionalizado ha sido cuestionado y criticado por parte de activistas antirracistas y de investigadoras que han evidenciado su continuidad con prácticas coloniales. Se considera que el antirracismo promovido por las instituciones y determinadas ONG no reconoce la dimensión institucional ni estructural del racismo, reduciéndolo a prejuicios y a conductas individuales, negando la importancia de las categorías raciales y vaciando la lucha antirracista de su dimensión política.
Además del valor estratégico que el concepto tiene para la lucha antirracista, el racismo institucional es muy útil por su gran potencia analítica para comprender el papel de las instituciones en la reproducción del racismo. Y es que no se puede combatir con éxito el racismo sin el reconocimiento y comprensión de su dimensión institucional.
María José Aguilar Idáñez, Catedrática de Trabajo Social y Servicios Sociales, Universidad de Castilla-La Mancha y Daniel Buraschi, Research scientist, Universidad de La Laguna
Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.