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Estudios universitarios extranjeros

Alumnado en posesión de títulos o certificados obtenidos de acuerdo a sistemas educativos extranjeros

Para obtener la admisión en los estudios de grado, el alumnado extranjero no hispanohablante procedente de un sistema educativo distinto al español deberá acreditar un nivel de conocimiento B1 o superior de español, de acuerdo con el Marco Europeo Común de Referencia para las Lenguas (MCER). Podrá presentar cualquiera de los certificados reconocidos por la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) o por la Asociación de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior (ACLES) o las pruebas de nivel de la UCLM. Asimismo, si han estudiado por un sistema educativo cuya lengua vehicular sea el español podrán presentar una declaración responsable sobre su dominio del idioma.

1. ACCESO PARA ALUMNOS CON ESTUDIOS PREUNIVERSITARIOS

a) Estudiantes en posesión del título de Bachillerato Europeo en virtud de las disposición contenidas en el Convenio por el que se establece el Estatuto de las Escuelas Europeas, hecho en Luxemburgo el 21 de junio de 1994; estudiantes que hubieran obtenido el Diploma del Bachillerato Internacional, expedido por la Organización del Bachillerato Internacional, con sede en Ginebra (Suiza), y estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios de Bachillerato o Bachiller procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscritos acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, siempre que dichos estudiantes cumplan los requisitos académicos exigidos en sus sistemas educativos para acceder a sus Universidades. La nota de acceso de estos alumnos es la que figura en la credencial vigente expedida por la UNED u órgano competente equivalente.

Podrán mejorar esta calificación a partir de las calificaciones obtenidas en materias superadas en cualquiera de estas pruebas:

  • En las pruebas de competencias específicas que realice la UNED u órgano competente.
  • En la evaluación final externa realizada para la obtención del título o diploma que da acceso a la universidad en su sistema educativo de origen, conforme a la nota de dicha materia incluida en la credencial expedida por la UNED u órgano competente equivalente.
  • En la fase voluntaria de la EvAU.

 

b) Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios equivalentes al título de Bachiller del Sistema Educativo Español, procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o los de otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, cuando dichos estudiantes no cumplan los requisitos académicos exigidos en sus sistemas educativos para acceder a sus universidades; y estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios, obtenidos o realizados en sistemas educativos de estados que no sean miembros de la Unión Europea con los que no se hayan suscrito acuerdos internacionales para el reconocimiento del título de Bachiller en régimen de reciprocidad, homologados o declarados equivalentes al título de Bachiller del sistema Educativo Español.

La nota de acceso de estos alumnos es la calificación correspondiente a la nota media de bachillerato que figure en la credencial vigente expedida por la UNED u órgano competente, o en la correspondiente credencial de homologación de su título. Podrán mejorar esta calificación presentándose a la EvAU (fase obligatoria y voluntaria) en condiciones análogas a las de los estudiantes de Bachillerato LOMLOE. También podrán realizar las pruebas de competencias específicas en la UNED de las siguientes asignaturas:

  • Todas las materias comunes: Hª de España o Hª de la Filosofía, Lengua Española y Literatura e Idioma (eligiendo entre los idiomas inglés o francés).
  • Una asignatura obligatoria de modalidad: eligiendo entre Matemáticas, Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales o Latín
  • Opcionalmente: un máximo de dos asignaturas troncales de opción, según la asignatura obligatoria de modalidad elegida.

La nota de admisión no será la que figura en la acreditación de la UNED, si no que se calculará utilizando la siguiente fórmula:

- 60% Nota media de bachillerato calculada por la UNED

- 40% De la calificación obtenida al promediar las calificaciones numéricas obtenidas en todas las asignaturas troncales materias generales y la asignatura troncal de modalidad elegida. Esta calificación deberá ser igual o superior a 4 puntos para que pueda ser tenida en cuenta en el acceso a la Universidad.


c) Estudiantes en posesión de los títulos, diplomas o estudios extranjeros homologados o declarados equivalentes a los títulos oficiales de Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño o de Técnico Deportivo Superior del Sistema Educativo Español.

La nota de acceso de estos alumnos es la que figura en la credencial vigente expedida por la UNED u órgano competente, o en la correspondiente credencial de homologación de su título. Podrán mejorar esta calificación a partir de las calificaciones obtenidas en materias superadas en cualquiera de estas pruebas:

  • En las pruebas de competencias específicas que realice la UNED u órgano competente.
  • En la evaluación final externa realizada para la obtención del título o diploma que da acceso a la universidad en su sistema educativo de origen, conforme a la nota de dicha materia incluida en la credencial expedida por la UNED u órgano competente equivalente.
  • En la fase voluntaria de la EvAU, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria única.

 

d) Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios diferentes de los equivalentes a los títulos de Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño o de Técnico Deportivo Superior del Sistema Educativo Español, obtenidos o realizados en un Estado miembro de la Unión Europea o en otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, cuando dichos estudiantes cumplan los requisitos académicos exigidos en dicho Estado para acceder a sus Universidades.

La nota de acceso de estos alumnos es la que figura en la credencial vigente expedida por la UNED u órgano competente.

2. ACCESO PARA ALUMNOS CON ESTUDIOS UNIVERSITARIOS

a) Estudiantes con estudios universitarios parciales extranjeros, o que habiendo finalizado los estudios universitarios no hayan solicitado u obtenido la homologación y deseen continuar estudios en España. Será requisito indispensable el reconocimiento de 30 créditos en la titulación a la que se quiere acceder.

Estos alumnos participarán en el procedimiento de admisión por cambio de estudios o de universidad. También podrán hacer uso de sus estudios preuniversitarios en el procedimiento General.

b) Estudiantes en posesión de un título universitario extranjero homologado al título universitario oficial de Grado, Máster o título equivalente, o al de Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, correspondientes a la anterior ordenación de las enseñanzas universitarias o título equivalente.

Estos alumnos participarán en el procedimiento General para iniciar estudios de grado dentro del Cupo de titulados, y en su caso en el cupo general si presentan sus estudios preuniversitarios